Gramática, ortografía y derecho

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CHISPITAS DE LENGUAJE.


Gramática, ortografía y derecho


La gramática es el conjunto de normas que regulan la escritura de una lengua. El propósito es dotar a los seres humanos de instrumentos para comunicarse con eficiencia en sociedad. Por su parte, el derecho es la ciencia que estudia el «conjunto de principios y normas, expresados bajo una idea de justicia y de orden, que regulan las relaciones humanas en toda sociedad y cuya observancia puede ser impuesta de manera coactiva». Las normas jurídicas son enunciadas por los propios integrantes de la sociedad de acuerdo a la tradición y concepto de justicia. La ortografía… igual.

Derecho, gramática y ortografía son complementarios porque esas ciencias buscan regular un comportamiento y una debe estar expresada con la normativa de la otra. Para una relación justa y ordenada en una sociedad, la norma jurídica debe ser entendida por los individuos. Cuando una persona comprende lo que enuncian, puede acatarla, saber cómo comportarse. Para no ser objeto de imposición coactiva, la persona debe captar cabalmente lo que se espera de él. Le deben ser claras las leyes, entonces. Normas incorrectamente enunciadas, evidentemente, provocarán conductas erráticas e… interpretación a conveniencia, amañada o equívoca.

Las distintas áreas normativas de los tres órdenes de gobierno pueden ser especialistas en derecho, pero hay un escandaloso desapego a la norma ortográfica y gramatical. Incluso, esta es la razón para que exista una tesis aislada que llama a apegarse lo más posible a la normativa gramatical (Registro No. 166948, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, XXX, Julio de 2009, pág.: 1930 –sic-).


Ejemplifico con las comillas aplicadas de forma inapropiada en la máxima norma en México. El propósito de este signo -indica la Ortografía de la lengua española 2010- es: presentar citas de cualquier extensión (puede ser, incluso, una sola palabra), en narraciones cuando se cita el pensamiento de un personaje, cuando aísla una palabra o letra para que se identifique que no es parte del texto («La “a” es una preposición que…»), para reflejar impropiedad, vulgarismo o ironía («Aquí el “ingeniero” -todos sabemos que es abogado-, ya nos dijo cómo programar la máquina»), para citar títulos de artículos, poema, cuadros… (no aplica para nombres de libros, indica en una nota de pie de página); pero nunca para resaltar algún nombre o concepto. Y, sin embargo, en muchas normas así se usa.

Destaco el artículo 80 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra enuncia: «Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un sólo individuo, que se denominará «Presidente de los Estados Unidos Mexicanos»». Evidentemente, su propósito aquí es destacar el nombre que recibe ese encargo. Supongo que su propósito no es reflejar impropiedad…

Para resaltar una palabra, un concepto o una oración, se aplica subrayado, cursiva, negrita o versalita (letras en formato de mayúscula, pero tamaño minúscula, con altas y bajas). La propia Constitución en su artículo 43 así lo hace en el nombre de Coahuila de Zaragoza (lo enuncia en negritas). Entonces, ¿por qué se aplican criterios diferentes en un mismo documento?

Solo ejemplifico con la Constitución para dar la salida a legisladores que se trata de un error arrastrado desde 1917, pero normas actuales y bandos siguen sin compatibilizar con las normas ortográficas y gramaticales. Si el propósito es que el ciudadano comprenda cómo debe comportarse, ese factor está descuidado por las áreas responsables de normar la vida social.  


//FECHA DE PUBLICACIÓN: 07/01/2021 

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