CELAYA, GTO. A 19 DE SEPTIEMBRE DEL 2022.- El Ayuntamiento en pleno, aprobó un reglamento para regular el servicio de seguridad pública; la multa más alta por incumplir, es de 500 UMAS, es decir, 48 mil 110 pesos.
Hoy en día, se tienen registradas, 114 empresas de seguridad privada en Celaya, de las cuales, 85 tienen conformidad vigente y el 50% de esas, cumplen con todo lo requerido para operar
Por ello, la Regidora y Presidenta de la Comisión de Seguridad, Ma. De San Juan Espinosa Bolaños, señaló la importancia de tener este reglamento.
“Este Reglamento toma una gran importancia toda vez que la seguridad privada es auxiliar de la seguridad pública además de que los requerimientos actuales de la dispuesto por la Ley de Seguridad Privada del Estado de Guanajuato, publicada el 23 de abril del 2021, nos obligan a tener un Reglamento especializado en materia de seguridad privada que establezca una efectiva regulación de los prestadores de servicios de seguridad privada, beneficiando a la ciudadanía”.
Señaló que el Reglamento, busca evitar la irregularidad en la prestación del servicio de seguridad privada, con apoyo de mecanismos de control, que prevengan que los prestadores de servicios se ubiquen en los supuestos de inobservancia de sus obligaciones, con la realización de visitas de supervisión, verificación y vigilancia.
Añadió que, se busca que los prestadores del servicio cuenten con la capacitación continua de su personal.
Lo anterior, dijo, con la intención de brindar mayor protección a la ciudadanía.
“En el Reglamento se contempla la regulación no sólo de las empresas prestadoras de seguridad privada, sino también de aquellas con actividades vinculadas al cuidado y protección de bienes o personas en fraccionamientos, colonias, unidades habitacionales, zonas residenciales, industriales y comerciales, así como instituciones educativas, entidades de gobierno, u otras que se asemejen, que se encuentran subordinadas laboralmente a una persona física o moral cuyo objeto social no sea la prestación de servicios de Seguridad Privada con fines de lucro, las cuales deberán contar con un permiso de vigilancia autorizado por la autoridad municipal competente en la materia”.
Destacó que, el Reglamento se diseñó y estructuró para que cualquier persona física o moral que pretenda prestar o preste servicios de seguridad privada, y que soliciten el permiso de vigilancia, tengan la certeza jurídica respecto a los procesos, derechos, obligaciones, requisitos, documentos, aunado a que toda la información que deberá conocer se encontrará a su alcance en un solo documento.
Sobre las sanciones, algunas quedarán de la siguiente manera: