Las Finanzas con Manzanas
Tarjetas y Facturas
“Cualquier tecnología suficientemente avanzada es equivalente a magia.”
Sir Arthur C. Clarke.
Uno de los problemas recurrentes cuando acude a un comercio o lugar de prestación de servicios es pagar y obtener de manera inmediata su factura con la finalidad de hacerla deducible de impuestos, es decir, que el CFDI que expide la persona a la cual se ha realizado el pago en ocasiones tarda en llegar, y más aún, en varias ocasiones ni siquiera llega.
Lo anterior representa serios problemas para varios actores de este planteamiento, pues para el que cobra es su obligación emitir el comprobante fiscal, pero aun hoy día encontramos personas que no saben gestionar personalmente el comprobante fiscal que deben emitir, y dependen de un tercero para ello, lo que obliga a un obligado retraso en la expedición de los comprobantes, pero incluso puede generar un problema en la determinación de los impuestos, pues si el retraso sucede al final de un mes o un ejercicio fiscal, pueden surgir confusiones y hasta polémica sobre si el comprobante cumple todos los requisitos para su deducibilidad.
Para la persona que debe recibir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) también es un problema el que no se le expida de manera inmediata, pues finalmente ya pagó, y las disposiciones fiscales son claras en el sentido que debe existir un CFDI expedido, el cual debe cumplir con una serie de requisitos que están contemplados en el Código Fiscal de la Federación y en la Miscelánea Fiscal vigente; y al no contar con él, los problemas para deducir los pagos efectuados comienzan a surgir, dejando aparte las molestias que pudiera llegar a tener con el emisor que no ha cumplido con el envío del comprobante.
Y finalmente, quien se ve afectado por las confusiones de los contribuyentes es el erario público, pues los impuestos no se enteran correctamente, y ello puede generar que los mismos sean menores a lo que corresponde, lo que causa un daño al fisco federal y afecta los planes económicos planteados por la administración federal.
El problema de los envíos de los CFDI surgió con la digitalización de los comprobantes fiscales, cuando la tecnología llegó al Servicio de Administración Tributaria, por lo que la modernidad nos alcanzó, y con ello se generaron algunos problemas que hasta la fecha no existían, sin embargo se sigue trabajando arduamente en facilitar las operaciones comerciales entre las personas, y por supuesto fortalecer los mecanismos de fiscalización por parte del Gobierno Federal.
Por ello, en días recientes se ha anunciado un nuevo mecanismo de emisión del comprobante fiscal, que está vinculado al pago de tarjetas de crédito y débito, esto es un trabajo conjunto del Servicio de Administración Tributaria y de las instituciones financieras del país, principalmente bancos, por lo que se pondrá en marcha un programa inicial en el primer trimestre del año 2020 dónde la petición de la factura será optativa al momento de pagar, es decir, usted realizará su pago con su tarjeta de crédito o débito y podrá optar por solicitar que de manera inmediata le sea otorgada y enviada su factura, sólo deberá capturar su Registro Federal de Contribuyente (RFC) en el punto de venta que sea utilizado para el cobro (en todo caso).
Lo anterior se podrá lograr debido a que las instituciones financieras agregarán a las tarjetas de crédito y débito la información necesaria para que los aparatos de punto de venta que se utilizan para el cobro puedan leer la información para realizar de manera inmediata la facturación de la transacción realizada, lo que viene a ser el cierre del circulo económico con el dinero electrónico.
Como se comenta, inicialmente la solicitud de facturación será opcional, pero se tiene previsto que la misma puede ser obligada, lo que implicaría que todas las operaciones realizadas por medio de tarjetas de crédito y débito serían conocidas inmediatamente por el fiscal federal, lo que implicaría al menos dos aspectos a considerar.
El primero es que deberá existir una adecuada separación de los gastos que pueden ser deducibles o no para fines fiscales, y aunque se cuenta con la existencia de CFDI’s expedidos a un contribuyente, la decisión sobre si la operación cumple con todos los requisitos fiscales será un aspecto muy importante a considerar.
El segundo punto es que al estar todas las operaciones reguladas por emisión de comprobante de manera inmediata, las mismas pueden ser la fuente inmediata de información para lo que en términos fiscales se considera como discrepancia fiscal en las personas físicas, es decir, las personas físicas gastan más de lo que informan al fisco que ganan (lo que en algunos casos en correcto, pero en otros no), por lo que el control de las operaciones con tarjeta debe ser más cuidadoso que hasta ahora, pues si bien puede existir precaución por los desequilibrios financieros que se pueden generar, adicione ahora las complicaciones fiscales que le puede ocasionar.
No está claro cómo serán las etapas de avance en este programa, pero si es un tema para estar vigilando y comentando, digno de las finanzas con manzanas. Comentarios y sugerencias: [email protected] o bien en twitter: @victorlmuro








