Apenas el viernes pasado los seis nuevos integrantes del Consejo de Protección a periodistas y defensores de derechos humanos rendimos protesta; el periodo legal 2025-2028 inició desde el 11 de abril, pero fue hasta casi un mes después que se realizó la sesión.
Es cosa seria ser Consejera; llegué con media hora de anticipación al salón ubicado en el Centro de Convenciones, el mismo salón en donde tomó protesta (2019) el representativo primer Consejo tras la aprobación de la ley de protección; el mismo salón en donde ya una vez nos habían dado un taller de capacitación a periodistas promovido por el mismo órgano estatal (los cuales por cierto pocos toman).
En la mesa, un personalizador con mi nombre y la frase «Representante de periodistas»; ¡uff! ¡que fuerte!
No es una frase hueca; y debemos empezar por dimensionarla. Hay a quienes les vale el tema del Consejo, hay quienes desconfían de lo que se hace ahí; y hay quienes ignoran que existe.

El Consejo de Protección surge derivado de la Aprobación de la Ley de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de Guanajuato el 26 de octubre del 2017 (Congreso del Estado, 2024), iniciativa que se llevó 3 años para poder aprobarse.
El peso de la responsabilidad es grande, pero me siento tranquila ya que siempre, sin ser consejera he defendido, he protestado, he exigido por la libertad de expresión y el respeto al ejercicio periodístico en Guanajuato; también, desde mis coberturas y los diferentes medios en los que trabajo he acompañado y procurado las causas de las buscadoras y de aquellas personas que ven violentados sus derechos humanos.
Soy una ciudadana; una periodista de a pie y desde esta nueva encomienda haré todo lo posible por avanzar en generar un entorno más seguro y justo para los periodistas y defensores o defensoras.
Le tomé foto al personalizador con mi nombre y la frase, para tener muy presente la responsabilidad de ser representante del gremio.
Aquí, en esta columna cuyo nombre precisamente refiere al Artículo 13 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, comparto el texto de la «Exposición de Motivos» que presenté el 24 de enero del 2025 al postularme para ser integrante de este órgano.

–000–
Referencia:
- de Información, D. de T. (s/f). Portal del. Congreso del Estado de Guanajuato; Dirección de Técnologías de Información, Dirección de Administración del Congreso del Estado de Guanajuato. Recuperado el 11 de mayo de 2025, de https://www.congresogto.gob.mx/leyes/ley-para-la-proteccion-de-personas-defensoras-de-derechos-humanos-y-periodistas-del-estado-de-guanajuato
- Consejo Estatal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de Guanajuato — Consejo Estatal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de Guanajuato. (s/f). Consejo Estatal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de Guanajuato. Recuperado el 11 de mayo de 2025, de https://consejodeproteccion.guanajuato.gob.mx/
Artículo 13 de la Convención Americana de los Derechos Humanos:
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.










